España es un apreciado destino turístico, y también un lugar donde muchas personas que vienen de fuera quieren quedarse a vivir. Nos alegramos de gustar. Pero conviene saber que la ley obliga a tener un seguro médico para extranjeros.
Quienes proceden de países de fuera de la Unión Europea deben aportar ese seguro ya en la solicitud del visado y posteriormente para otros trámites con la Administración.
Los residentes de países del espacio Schengen pueden moverse libremente en España durante un tiempo que no supere los tres meses, sin más trámites, pero a partir de entonces, ellos también necesitan un seguro médico para extranjeros. Quienes proceden de países de fuera de la Unión Europea deben aportar ese seguro ya en la solicitud del visado.
Seguro médico para extranjeros
Según el Código de Extranjería, actualizado el 28 de junio de 2017, los viajeros extranjeros que soliciten un visado de estancia de corta duración, ya sea para estudios, prácticas, voluntariado, residencia temporal no lucrativa o residencia de larga duración, necesitan un «seguro público o privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España».
La documentación que acredite la posesión de ese seguro médico para extranjeros debe presentarse por los particulares, y también por las entidades que soliciten trámites o subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal, para casos de residencia por un tiempo superior a tres meses, tanto de ciudadanos de fuera como de dentro de un Estado miembro de la Unión Europea o de Estados que formen parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Todo ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tiene derecho de residencia en el territorio del Estado Español por un período superior a tres meses si, entre otros requisitos, cumple el de contratar un seguro médico. Y en el citado Código de Extranjería se expresa que este derecho se reconocerá solo si:
– Dispone, para sí y los miembros de su familia, de recursos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social en España durante su período de residencia, así como de un seguro de enfermedad que cubra todos los riesgos en España, o
– Está matriculado en un centro público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente con arreglo a la legislación aplicable, con la finalidad principal de cursar estudios, inclusive de formación profesional; y cuenta con un seguro de enfermedad que cubre todos los riesgos en España y garantiza a la autoridad nacional competente, mediante una declaración o por cualquier otro medio equivalente de su elección, que posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social del Estado español durante su período de residencia.
Está muy claro: hay que contratar una póliza de salud sí o sí. La buena noticia es que los seguros de salud no son caros.
Ventajas de un seguro médico privado
Los seguros médicos privados, además de obligatorios en los casos citados para los extranjeros, tienen muchas ventajas, como el que facilitan a sus beneficiarios recurrir a especialistas directamente, acudir al médico de cabecera siempre que sea preciso, tener las urgencias cubiertas, ingresar en un hospital en habitación privada y con cama para acompañante cuando sea necesario… En definitiva, vivir tranquilo. Y más cuando no estás en tu propio país.
Hay muchos tipos de seguros médicos para extranjeros y pueden hacerse a medida de las necesidades de salud y de economía de cada uno.
Algunos tipos:
Cuadro médico con copagos. Con acceso a todos los médicos y centros concertados con la compañía aseguradora, pero con copagos. Para pagar menos mensualidad a cambio de una pequeña cantidad de 5, 10, 15 € por cada acto médico.
Cuadro médico sin copagos. Para tener acceso a todos los médicos y centros concertados de la compañía aseguradora y sin copagos. Todo incluido para acudir a la medicina cuantas veces sea necesario.
Reembolso. Ideal para moverse libremente dentro o fuera de la compañía aseguradora, y en todo el mundo, para solicitar después que la compañía devuelva lo pagado por el usuario con un porcentaje de reembolso que suele variar entre el 70 y el 100 % de lo gastado.
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